Si se ha perdido tu perro o tu gato, empieza a buscar ya por la zona donde se perdió, avisa a la Policía Local y comunica la pérdida al registro de identificación (microchip) de tu comunidad autónoma y a tu ayuntamiento: la Ley 7/2023 obliga a hacerlo en un máximo de 48 horas. Después difunde un cartel con foto, llama cada día al centro de acogida municipal y a las protectoras de la zona, y sigue buscando: un animal puede aparecer días o semanas después.
En resumen
- Busca en la zona en las primeras horas. Recorre a pie el lugar donde se perdió y las calles de alrededor, llamándolo con voz tranquila. No corras hacia él si lo ves: agáchate y deja que se acerque.
- Avisa a la Policía Local. La Policía Local y el servicio municipal de recogida son quienes recogen a los animales sueltos. Si está en una carretera y hay peligro, llama al 112.
- Comunica la pérdida en 48 horas. Avisa al registro de identificación de tu comunidad autónoma y a tu ayuntamiento, y comprueba que el teléfono asociado al microchip es el tuyo.
- Difunde un cartel. Foto reciente, nombre, zona, fecha y un teléfono de contacto. En la calle, en clínicas y comercios de la zona y en los grupos vecinales.
- Llama y visita el centro de acogida municipal y las protectoras. Hazlo cada día o cada dos días, y mejor en persona: por teléfono es fácil que no reconozcan a tu animal por la descripción.
- Sigue buscando. Amplía la zona, renueva los carteles y revisa los avisos de animales encontrados. Desconfía de quien te pida dinero antes de enseñarte al animal.
En esta guía
Las primeras 2 horas
Es el momento en el que más cerca suele estar. Lo importante es buscar con calma y que te puedan localizar a ti.
- Empieza por el sitio donde se perdió. Recorre a pie las calles de alrededor, parques, portales y aparcamientos. Llámalo con voz tranquila y lleva algo que reconozca (su comida, una bolsa de premios que suene, su juguete). Un perro asustado puede no acudir aunque te oiga: si lo ves, no corras hacia él ni lo persigas; agáchate, háblale bajo y deja que se acerque.
- Que alguien se quede en casa o en el punto de pérdida. Muchos animales intentan volver por donde vinieron. Si estás solo, deja en el lugar una prenda que huela a ti y su manta o cama.
- Llama a la Policía Local. Según la Ley 7/2023, art. 22, los ayuntamientos deben tener un servicio de recogida de animales extraviados disponible las 24 horas. Llama a la Policía Local (Guardia Urbana o Policía Municipal en algunas ciudades) y dales la descripción y tu teléfono. Si el animal está en una carretera o autovía y hay peligro para el tráfico, llama al 112.
- Activa el aviso en Mizuu. Si tienes la ficha de tu mascota en Mizuu, pulsa S.O.S.: aparece en el mural público de mascotas perdidas y puedes descargar un cartel en PDF (para imprimir) y en imagen (para WhatsApp y redes). Con Sal al rescate avisas a tu familia y a los vecinos que están a menos de 5 km para buscar coordinados en un mapa. Cómo funciona la búsqueda entre vecinos.
Las primeras 24 horas
- Comunica la pérdida (obligatorio, máximo 48 horas). La Ley 7/2023, art. 24.2.g obliga a comunicar la pérdida o el robo a la autoridad competente en un máximo de 48 horas. En la práctica: avisa al registro de identificación de tu comunidad autónoma (el del microchip, ver la tabla de abajo) y a tu ayuntamiento. Algunas comunidades fijan además su propio plazo; avisando a los dos en menos de 48 horas cumples con todas. Importa también por otra razón: la ley llama «extraviado» al animal cuya pérdida se comunicó a tiempo y «abandonado» al que no.
- Revisa los datos del microchip. Si quien lo encuentra lo lleva a leer el microchip, le llamarán al teléfono que figura en el registro. Si te has mudado o has cambiado de número, actualízalo ya (en tu clínica veterinaria o en la web del registro). Si no sabes en qué registro está el chip, búscalo en REIAC, la red que agrupa los registros de todas las comunidades.
- Llama al centro de acogida municipal y a las protectoras. Pregunta en tu ayuntamiento qué centro recoge los animales del municipio (a veces es una protectora o un centro comarcal). Llama también a las protectoras y a las clínicas veterinarias cercanas: es habitual que alguien lleve allí a un animal encontrado para leerle el chip.
- Haz el cartel. Una foto reciente y nítida en la que se le vea entero, el nombre, la especie y la raza, el color y las señas particulares, la zona y la fecha, y un teléfono. Añade «No lo persigas: llámanos» (un animal asustado huye). No pongas tu dirección. Si ofreces recompensa, no pagues nada por adelantado.
- Repártelo en la calle y en internet. Pega el cartel en un radio amplio alrededor del punto de pérdida, en clínicas, tiendas de animales y comercios, y compártelo en los grupos vecinales de WhatsApp, Facebook o Telegram de la zona.
A las 72 horas y durante la primera semana
- Visita en persona el centro de acogida. Cada día o cada dos días. Por teléfono, una descripción («mestizo marrón, mediano») encaja con muchos animales.
- No dejes pasar el plazo para recogerlo. Si lo ha recogido el servicio municipal, tendrás un plazo para recuperarlo pagando los gastos. Lo fija cada comunidad: en Cataluña son 20 días (Decreto Legislativo 2/2008, art. 17). Pasado el plazo, la ley lo considera abandonado y puede darse en adopción.
- Amplía la búsqueda. Renueva los carteles (la lluvia y el sol los borran), amplía la zona y vuelve a recorrerla a horas tranquilas: primera hora de la mañana y por la noche.
- Revisa los avisos de animales encontrados. En los grupos vecinales, en las webs de las protectoras y en las de los registros (varios tienen un apartado de animales perdidos y encontrados).
- Si crees que te lo han robado. Denúncialo ante la Policía Nacional, la Guardia Civil o la policía autonómica (Mossos d’Esquadra, Ertzaintza, Policía Foral) y comunícalo también al registro: la obligación de las 48 horas incluye la sustracción.
Registro de identificación (microchip) de cada comunidad autónoma
En España, perros, gatos y hurones deben llevar microchip (Ley 7/2023, art. 51.2) y estar inscritos en el registro de animales de compañía de su comunidad autónoma. Estos son los registros oficiales; la mayoría los gestionan los colegios de veterinarios por encargo de la administración. Si no sabes en cuál está tu animal, búscalo en REIAC.
| Comunidad | Registro | Teléfono | Plazo autonómico para comunicar la pérdida |
|---|---|---|---|
| Andalucía | RAIA | — | 1 mes al registro · Decreto 92/2005, art. 8.2 |
| Aragón | RIACA | Zaragoza 976 31 85 33 Huesca 974 24 20 22 Teruel 978 60 13 06 | 10 días hábiles al ayuntamiento (perros censados) · Ley 11/2003 de Aragón, art. 15.3 |
| Asturias | RIAPA (Colegio de Veterinarios de Asturias) | — | 48 h (si no, se considera abandono) · Ley 13/2002 del Principado de Asturias, art. 42.k |
| Illes Balears | RIACIB | 971 71 30 49 971 71 30 44 | Sin plazo propio: 48 h (ley estatal) |
| Canarias | ZOOCAN | — | Sin plazo propio: 48 h (ley estatal) |
| Cantabria | RACIC (Gobierno de Cantabria) | — | Sin plazo propio: 48 h (ley estatal) |
| Castilla-La Mancha | SIIA-CLM | — | 72 h · Ley 7/2020 de Castilla-La Mancha, art. 4.g |
| Castilla y León | SIACYL | 987 25 23 22 | 5 días · Ley 5/1997 de Castilla y León, art. 4.5 |
| Cataluña | ANICOM (Generalitat) · AIAC (Consell de Col·legis Veterinaris) | ANICOM 93 857 40 00 (L-V 7:30-15 h) 93 561 70 00 (fuera de horario) AIAC 93 418 92 94 900 264 734 (AIAC, perdidos y encontrados fuera de horario) | 48 h al ayuntamiento donde está censado · Decreto Legislativo 2/2008 de Cataluña, art. 14.8 |
| Ceuta | SIACE | 956 51 42 36 | Sin plazo propio: 48 h (ley estatal) |
| Extremadura | RIACE | Badajoz 924 23 07 39 Cáceres 927 22 44 25 | Sin plazo propio: 48 h (ley estatal) |
| Galicia | REGIAC (Xunta de Galicia) | — | 72 h al REGIAC · Ley 4/2017 de Galicia, art. 21.1.d |
| La Rioja | RIAC La Rioja | — | 48 h al registro (si no, se considera abandono) · Ley 6/2018 de La Rioja, art. 6.j |
| Comunidad de Madrid | RIAC | 91 564 54 59 | 48 h · Ley 4/2016 de la Comunidad de Madrid, art. 6.g |
| Melilla | SIAMEL | — | Sin plazo propio: 48 h (ley estatal) |
| Región de Murcia | SIAMU | 968 23 64 58 | 72 h · Ley 6/2017 de la Región de Murcia, art. 4.h |
| Navarra | RIACNA | 948 22 00 72 | Sin plazo propio: 48 h (ley estatal) |
| País Vasco | REGIA (Gobierno Vasco) | 945 01 63 11 | 72 h al registro · Ley 9/2022 del País Vasco, art. 4.k |
| Comunitat Valenciana | RIVIA | 963 13 50 30 | 72 h a RIVIA y 48 h al ayuntamiento · Ley 2/2023 de la Comunitat Valenciana, art. 6.b |
Datos de registros y teléfonos comprobados el 21 de octubre de 2026.
Cuándo llamar al 112 y cuándo a la Policía Local
- 112: si el animal está en una carretera o autovía y hay peligro para él o para el tráfico, o si hay una emergencia (atrapado, herido grave en la vía pública). El 112 coordina a los servicios que hagan falta.
- Policía Local (o Guardia Urbana, Policía Municipal): para avisar de la pérdida y saber si lo han recogido. Es quien activa el servicio municipal de recogida.
- Policía Nacional, Guardia Civil o policía autonómica: para denunciar un robo.
- Clínica veterinaria de urgencias: si lo encuentras herido.
Cómo te ayuda Mizuu
- S.O.S. y mural de perdidas: tu mascota aparece en el mural público de mascotas perdidas, con la zona donde se perdió.
- Cartel automático: PDF A4 para imprimir e imagen para WhatsApp y redes, con su foto y sus datos.
- Búsqueda entre vecinos: avisa a tu familia y a los vecinos que están a menos de 5 km, con mapa compartido, avistamientos con foto y mensajes de voz. Ver cómo funciona.
- Placa Mizuu: una placa con NFC y QR para el collar. Quien encuentra a tu mascota acerca el móvil o escanea el código, ve su ficha y puede avisarte con su ubicación, sin instalar nada. Complementa al microchip (que solo se lee con un lector): conoce la Placa Mizuu.
Para la próxima vez: lo que más ayuda a recuperarlo
- Microchip inscrito y con tu teléfono actual.
- Una placa visible en el collar con un medio de contacto: cualquiera puede leerla sin lector ni clínica.
- Fotos recientes en las que se le vea entero y de cerca (sirven para el cartel).
- En los gatos de interior: ventanas y balcones con protección. Si se escapa, mira qué hacer si se pierde un gato.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para comunicar que se ha perdido mi perro o mi gato?
La Ley 7/2023 (art. 24.2.g) fija un máximo de 48 horas desde la pérdida para comunicarlo a la autoridad competente. Algunas comunidades autónomas tienen además su propio plazo. Lo más seguro es avisar al registro de identificación de tu comunidad y al ayuntamiento en menos de 48 horas.
¿Cómo sé en qué registro está el microchip de mi animal?
Normalmente es el de la comunidad donde se le puso el chip o donde vivís. Si no lo sabes, la web de REIAC (reiac.es) tiene un buscador que indica en qué registro autonómico está inscrito un número de microchip. Tu clínica veterinaria también puede consultarlo.
¿Quién recoge a los animales perdidos?
El ayuntamiento: la Ley 7/2023 (art. 22) le encarga la recogida de animales extraviados y abandonados, con un servicio de urgencia disponible las 24 horas, propio o concertado con un centro o una protectora. Por eso conviene llamar a la Policía Local y preguntar qué centro le corresponde a tu municipio.
¿Cuánto tiempo tengo para recogerlo del centro de acogida?
Depende de la comunidad autónoma, que es quien fija el plazo. En Cataluña son 20 días, pagando los gastos (Decreto Legislativo 2/2008, art. 17). Pasado el plazo, el animal se considera abandonado y puede darse en adopción, así que llama y visita el centro cuanto antes.
¿Sirve una placa en el collar si ya lleva microchip?
Sí, se complementan. El microchip es obligatorio y es la prueba de quién es el titular, pero solo se lee con un lector (en una clínica o la policía). Una placa visible, como la Placa Mizuu con NFC y QR, permite que quien lo encuentre te contacte al momento desde su móvil.
¿Debo ofrecer recompensa?
Puede ayudar a que la gente se fije, pero no pagues nada por adelantado ni a quien no te enseñe al animal: las estafas con mascotas perdidas son habituales. Queda siempre en un lugar público.
Quién lo ha escrito
Escrito por el equipo editorial de Mizuu a partir de la normativa y las webs oficiales enlazadas. No sustituye el consejo de tu veterinario ni de tu ayuntamiento. Publicada el 21 de octubre de 2026.
Esta guía es informativa. Si tu animal está herido, llama a una clínica veterinaria de urgencias.
Fuentes oficiales
- Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales (BOE): arts. 3, 22, 24 y 51
- Código Civil, art. 611 (animales perdidos)
- Decreto Legislativo 2/2008 de Cataluña, arts. 14.8 y 17 (Portal Jurídic de Catalunya)
- REIAC · Red Española de Identificación de Animales de Compañía
- Generalitat de Catalunya · Registre General d’Animals de Companyia (ANICOM)
- DGT · Teléfono de emergencias 112



